La moneda es un bien o producto que permite y facilita el intercambio de
otros bienes o servicios. Anteriormente se utilizaron distintas mercaderías
siempre que fueran aceptadas como medio de cambio en la transferencia de
bienes. Entre los artículos utilizados se encontraban las pieles, carne,
animales, trigo, cebada y herramientas.
En Babilonia se introdujo el uso de metales en forma de barras y
lingotes para fines monetarios. Posteriormente fueron empleadas piezas de
distintas formas con aleación de oro y plata hasta la acuñación de “dracmas” en
Grecia, monedas que incluían figuras en sus caras pero tenían el inconveniente
de ser muy pesadas. En Roma se recurrió a la plata como componente básico o
central de la pieza, en los denominados “denarios”. Con estas monedas se
desarrolló el concepto de “curso legal”, es decir, monedas a las cuales las
autoridades habían conferido la característica y facultad de poder ser
aceptadas en cualquier lugar de su jurisdicción. De allí se expandió la
economía monetaria a otros países.
El uso continuado de monedas favoreció la aparición de entidades
especializadas equivalentes a las actuales casas de cambio y bancos. A medida
que la determinación del valor del dinero aumentó, se transfirió a papeles
representativos o fiduciarios, los que se consideraban “convertibles” o
reembolsables por metales.
En Guatemala, los mayas utilizaron como moneda, plumas de Quetzal, sal,
obsidiana, piedras preciosas, jade y en especial, el cacao. La Conquista y su
consolidación exigieron un sistema monetario para no retornar al trueque, para
lo cual se adoptó una estructura tomando como base la moneda española.
La insuficiencia en la disponibilidad de esas monedas exigió que se
fabricaran piezas en distintos países de América. En el nuestro, las monedas
españolas —tanto importadas como acuñadas en las casas de moneda de nuestro
continente (principalmente México, Bolivia y Perú)— siguieron circulando hasta
las primeras tres décadas del siglo XIX.
Posteriormente se acuñaron monedas de la República del Centro de América
o Federación de Estados Centroamericanos. Al surgir el Estado Nacional y haber
fundado la República de Guatemala, en el Gobierno de Rafael Carrera, se creó el
“peso” como moneda. Este sistema incluyó piezas de oro y plata.
En los últimos 30 años del siglo XIX, la introducción del sistema
decimal fue compartida con el empleo de la otra estructura monetaria basada en
el sistema binario. En ese lapso se emitió el “papel moneda” por parte de los
antiguos bancos del sistema, y hacia el final del siglo se dejó de acuñar la
moneda de un peso, manteniéndose las de menor denominación.
A finales de ese mismo siglo apareció un curioso tipo de moneda,
conocido como “cédulas”, que eran diminutos billetes emitidos por las
municipalidades y establecimientos comerciales para el pago de sus
obligaciones. También se reglamentó la emisión de monedas privadas, a las que
se llamó “fichas”, acuñadas anteriormente para usarse en fincas, hoteles y
empresas comerciales, etcétera.
Durante el Gobierno de Manuel Estrada Cabrera se creó el Comité
Bancario, facultado para emitir papel moneda con garantía de los valores de los
bancos, y los de las rentas del tabaco, la chicha y el aguardiente, así como
los bienes raíces del Estado. Además, en junio de 1900 se autorizó la emisión
de moneda fraccionaria en níquel (de uno, un medio y cuarto de real).
En noviembre de 1924 y febrero de 1925 se emitieron la “Ley Monetaria y
de Conversión” y la “Ley de Instituciones de Crédito”. Se consideraron dos
alternativas para lograr que la moneda fuera de oro o pudiera cambiarse por oro
(convertible): una, la contratación de un préstamo externo; y la otra, acumular
recursos nacionales. Se decidió hacerlo con recursos nacionales. La Ley Monetaria
adoptó el patrón oro y creó una nueva unidad monetaria, el Quetzal, igual a un
dólar de los Estados Unidos. La creación del nuevo signo monetario nacional dio
paso a la fundación del Banco Central de Guatemala, el cual contó con la
potestad de ser el único emisor de moneda, luego de que esta importante función
había estado confiada en varios bancos privados. La importancia de esta reforma
radicó en haber transformado un sistema de papel moneda inconvertible en uno de
gran estabilidad cambiaria.
Con base en el tipo de cambio del dólar en los años previos, se
determinó que un Quetzal equivaldría a 60 pesos. La emisión de moneda se
reservó con exclusividad al Estado. Bajo ese nuevo régimen, las monedas de
plata y de cobre tuvieron la función de moneda fraccionaria (al papel moneda se
reservaron las denominaciones mayores). En 1925 se acuñaron monedas de 1
Quetzal, ½ Quetzal, ¼ de Quetzal, diez centavos, y cinco centavos en plata, así
como monedas de un centavo en aleación de cobre. En 1926 también se emitieron
monedas de 20, 10 y 5 Quetzales acuñadas a base de oro. En 1932 se introdujo en
el numerario dos nuevas denominaciones, de ½ centavo y 2 centavos cuya aleación
fue de cobre y cinc.
La Segunda Reforma del sistema monetario y bancario de la República fue
resultado de la Revolución de Octubre de 1944, de la etapa democratizadora que
le siguió y del pensamiento económico prevaleciente en esa época. Partió del
concepto de que la teoría del patrón oro clásico o sus nuevas presentaciones,
con la subordinación de la estabilidad interna de la economía a la paridad
externa de la moneda, no podrían tener correcta aplicabilidad en Guatemala. Su
propósito consistió entonces en dotar al país de los órganos que procuraran el
mantenimiento de la estabilidad económica interna y facilitaran el desarrollo
progresivo y ordenado de la producción. A este efecto, el Congreso de la
República emitió en los meses finales de 1945 el Decreto 203, Ley Monetaria; y
el Decreto 215, Ley Orgánica del Banco de Guatemala, las cuales sirvieron de
sustento legal para el surgimiento de un sistema moderno de Banca Central.
Previamente al establecimiento e inicio de actividades del nuevo banco,
el Gobierno de la República y el Banco Central de Guatemala suscribieron, el 15
de junio de 1946, un convenio ad referéndum por el cual este último cesaría en
sus derechos relacionados con la emisión de billetes y acuñación de moneda. A
partir de ahí, el derecho de emisión sería ejercido por el Estado por
intermedio del Banco de Guatemala, el cual debió asimismo asumir el pasivo
correspondiente a los billetes en circulación y a los depósitos constituidos en
el Banco Central de Guatemala.
Con fecha 15 de septiembre de 1948, el Banco de Guatemala emite sus
primeros billetes propios con nuevas características y diseños en
denominaciones de 50 centavos de Quetzal, 1, 5, 10, 20, y por primera vez 100
Quetzales. También continúa con la acuñación de monedas en valores de 25, 10, 5
y 1 centavo de Quetzal.
El 20 de agosto de 1964, bajo el mandato del coronel Enrique Peralta
Azurdia se emitió el Decreto Ley número 265, Ley de Especies Monetarias, el
cual determinó que las monedas que podrían emitirse a partir de esa fecha
serían las de 50, 25, 10, 5 y 1 centavos de Quetzal, fijándole a cada una sus
diferentes aleaciones, así como sus cantidades de metales, pesos, diseños,
diámetros y gruesos. Por otra parte, se fijó denominaciones en billetes de 50
centavos de Quetzal, 1, 5, 10, 20, 50, 100, 500 y 1000 Quetzales, fijándole la
atribución de determinar las dimensiones, dibujos y leyendas a la Junta
Monetaria, de conformidad con el artículo 6º. de la Ley Monetaria.
El 6 de enero de 1997 se emitió el Decreto No. 139-96 del Congreso de la
República, que contiene la nueva Ley de Especies Monetarias. Este decreto vino
a llenar una necesidad que desde hacía años se había observado en cuanto a
regular nuevas características de las especies monetarias, facilitar las
operaciones comerciales en las que interviene el dinero en efectivo y, al mismo
tiempo, adecuarse a la tecnología desarrollada por las casas fabricantes de
moneda. En este decreto se incluyó la posibilidad de emitir billete de 200
Quetzales.
La última modificación, en las características de las especies
monetarias, correspondió a la establecida mediante el Decreto Número 92-98 del
Congreso de la República de Guatemala, el 26 de noviembre de 1998, el cual
reformó el diseño del reverso de la moneda de un Quetzal. En ese sentido, el
Acuerdo de una Paz Firme y Duradera, suscrito el 29 de diciembre de 1996 entre
el Gobierno de la República y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca,
hecho histórico que— por su trascendencia debe permanecer dentro del contexto
de la vida cotidiana del guatemalteco— quedó plasmado como motivo principal de
una moneda de curso legal.
La moneda de un Quetzal, en consecuencia, ostentará la inscripción “Paz”
como parte de una paloma estilizada, con las leyendas “PAZ FIRME Y DURADERA” y
“29 DE DICIEMBRE DE 1996”, así como la denominación y el nombre de nuestra
moneda.